CONCURSO EXPRÉS. UNA NUEVA ESPERANZA29/05/2020

CONCURSO EXPRÉS. UNA NUEVA ESPERANZA

QUÉ ES UN CONCURSO EXPRÉS:

Concurso EXPRÉS es un término coloquial para referirse al supuesto concursal previsto en el, todavía vigente, artículo 176 bis de la Ley Concursal. Se trata de un concurso que en el mismo auto de declaración se dicta la conclusión del mismo.

Se utiliza para aquellas empresas con tantas deudas que las hacen inviables y que su única salida legal es presentar un concurso para que el administrador no se vea arrastrado personalmente por las deudas de la empresa, cuando los bienes de esta se han consumido en tratar de mantener su actividad y por tanto, no son suficientes para pagar los créditos contra la masa (que son los posteriores a la declaración del concurso  como honorarios de la administración concursal, gastos registrales, etc.).

En estos casos, el Juez podrá darlo por concluido al mismo tiempo de declararlo y, por tanto, sin tan siquiera nombrar Administrador Concursal, acordando directamente la extinción de la persona jurídica.

REQUISITOS PARA PRESENTAR UN CONCURSO EXPRÉS:

1.- Que el empresario o pyme que se encuentre en una situación de insolvencia que le aboque al cierre y que carezca de bienes, o teniéndolos, su valor de liquidación sea residual.

2.- Que no sea previsible el ejercicio de acción de reintegración, de impugnación o de responsabilidad de terceros.

3.- Que no sea previsible la calificación del concurso como culpable.

EFECTOS DEL CONCURSO EXPRÉS

  • No hay administrador concursal.
  • En el mismo auto de declaración y conclusión del concurso, se declara la extinción de la sociedad.
  • No hay calificación del concurso, por lo que no hay responsabilidad del administrador de la empresa, en el concurso. Pero los acreedores podrán ejercitar acciones para exigir la responsabilidad del órgano de administración fuera del concurso, aunque como es sabido otras vías de exigir responsabilidad son ciertamente muy complejas y de escasas posibilidades de éxito, si el órgano de administración se ha comportado con un mínimo de diligencia.

BENEFICIOS DEL CONCURSO EXPRÉS

  • El coste es bastante inferior al de un concurso ordinario. Como no hay administrador concursal y tampoco existe fase común, convenio, ni liquidación, el proceso se reduce a unas semanas. Eso hace que los costos bajen de manera notable.
  • Evita que el administrador de la empresa responda solidariamente de las deudas de la sociedad si estando la empresa en insolvencia no solicita el concurso de acreedores en el plazo de dos meses desde que dicha situación se produce.
  • Evita alargar un proceso que le va a suponer una inversión considerable de tiempo y dinero cuando su situación de insolvencia es irreversible y no existe previsión de poder restablecerla.
  • Aunque parezca contradictorio evita costes a los acreedores, pues al no existir posibilidad de recobro dada la situación en la que se encuentra la empresa deudora, evita que inicien procesos judiciales para reclamar el cobro de la deuda.
  • También beneficia a la Administración de Justicia puesto que, al no demorarse años, su carga de trabajo se puede reduce sensiblemente.
  • Por último, permite al empresario iniciar un nuevo proyecto sin la carga de las deudas de la sociedad fracasada.

 

    (Fuente Germán Caballero: Socio responsable área mercantil y concursal de ADVOCATI ABOGADOS)

 

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