Contratación de ucranianos05/04/2022

Contratación de ucranianos

Si se le plantea la contratación de algún refugiado ucraniano, sepa que la normativa ha agilizado los trámites de protección de este colectivo.

Recientemente se ha habilitado un sistema de urgencia que permite a los refugiados procedentes de Ucrania obtener protección temporal en nuestro país en un plazo de 24 horas. Apunte. Pueden acogerse a este procedimiento:

  • Nacionales ucranianos residentes en Ucrania antes del 24 de febrero de 2022.
  • Ucranianos con estancia en España –regular o irregular– antes de dicha fecha y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a su país.
  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran con protección especial en Ucrania antes del 24 de febrero de 2022.
  • Nacionales de terceros países o apátridas con estancia en España que residieran legalmente en Ucrania (con permiso de residencia permanente o de otro tipo) antes del 24 de febrero de 2022 y que no pueden regresar a su país o región de origen en condiciones seguras.
  • El cónyuge o la pareja de hecho; los hijos menores solteros o de su cónyuge, y otros parientes cercanos que dependieran de ellos.

Dicha protección supone la autorización de residencia y de trabajo (por cuenta propia o ajena), el acceso a prestaciones del sistema de acogida (p. ej., ayudas sociales o atención sanitaria) y reagrupación familiar. Realizada la solicitud de protección, en 24 horas se acordará la concesión o denegación de la protección temporal por un año (plazo que puede prorrogarse hasta los tres años). 

Contratación. Tras obtener la protección temporal –que les permite tener NIE y así obtener el Número de la Seguridad Social ante la TGSS–, su empresa podrá firmar con los afectados un contrato de trabajo (se han habilitado centros especiales para expedir números de afiliación para refugiados de Ucrania). Apunte. Si necesita que dispongan de carné de conducir, sepa que los desplazados de Ucrania podrán utilizar sus permisos de conducir en España al menos durante un año.

(Fuente APUNTES Y CONSEJOS LABORALES LEFEBVRE)

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