ES POSIBLE CONTRATAR A MÉDICOS FORENSES EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EXTRAJUDICIALES POR ACCIDENTES DE TRÁFICO10/02/2016

Orden JUS/127/2016, de 8 de febrero, por la que se fijan los precios públicos de las pericias efectuadas por los institutos de medicina legal y ciencias forenses a solicitud de particulares, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor. 

La recién aprobada Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación,  da nueva regulación a una vía extrajudicial de resolución de conflictos entre los perjudicados y las entidades aseguradoras contemplada en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

Esta reforma prevé la posibilidad de que las partes, perjudicados y entidades aseguradoras, puedan beneficiarse de la calidad, experiencia e imparcialidad pericial que aportan los médicos forenses, como especialistas reconocidos en nuestro sistema judicial, permitiendo su posible participación a través de los Institutos de Medicina legal y Ciencias Forenses cuando, bien de mutuo acuerdo, bien por solicitud del interesado, se considere oportuna su intervención.

Por ello​ se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos/accidentes relativos a la circulación de vehículos a motor​.

Se establecen tres tipos de precios públicos. La determinación de la cuantía a abonar se hará en función de la gravedad de las lesiones, para lo cual se atenderá al criterio de ingreso hospitalario: 

     a) Lesiones sin ingreso hospitalario. 

     b) Lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas. 

     c) Lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas

Tipos de pericia y precios 

   Pericia lesiones sin ingreso hospitalario: 80 euros. 

   Pericia lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas: 150 euros. 

   Pericia lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas: 350 euros.

      (Fuente BOE)

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