El Sepblac pone su lupa sobre los que se acogen a la 'visa dorada' de Portugal05/02/2020

El Sepblac pone su lupa sobre los que se acogen a la 'visa dorada' de Portugal

Los asesores reciben un aluvión de consultas por el temor al hachazo fiscal

Hacienda controla dónde está el centro de intereses del contribuyente.

El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) ha puesto su lupa sobre los españoles que se acogen al régimen fiscal portugués para extranjeros, conocido como visa dorada. Fuentes de la Agencia Tributaria aseguran que el organismo está ya estudiando los casos de españoles que se han trasladado a Portugal por temor al hachazo fiscal del Gobierno de PSOE y Unidas Podemos.

El Sepblac estudiará las rentas que se trasladan al país vecino. El plan del organismo quiere evitar la fuga de capitales obtenidos de manera irregular o sin fiscalizar y el dinero procedente de actividades delictivas. De este modo, aumenta la presión sobre las personas con rendimientos altos para que mantengan su residencia fiscal en España y paguen los impuestos en el país.

Portugal, apenas a 300 kilómetros de Madrid, ofrece una visa dorada a los extranjeros que trasladan su residencia y goza de seguridad jurídica y estabilidad política. En 2009, el gobierno portugués, con la intención de captar inversión extranjera y atraer hacia el país profesionales cualificados, pensionistas extranjeros e individuos con altos patrimonios, creó el Régimen de los Residentes no Habituales.

Hacienda vigila

La Agencia Tributaria, por su parte, activa en muchos de estos casos cualquiera de los criterios del artículo 9 de la Ley del IRPF para considerar que estas personas, realmente, siguen siendo residentes en España.

Según fuentes de la Inspección de Hacienda, si el contribuyente consigue acreditar la residencia fiscal en otro país, siempre con certificado, la Agencia Tributaria acciona entonces las reglas de desempate del artículo cuatro sobre el convenio aplicable en estos casos.

Alejandro del Campo, abogado y asesor fiscal en DMS Consulting, pide prudencia ante la toma de decisión de esta medida. Reconoce que ya ha recibido varias consultas sobre este asunto. "Siempre les explico a mis clientes que no las tienen todas consigo aunque vivan en Portugal más de 183 días y consigan el certificado de residencia fiscal allí", apunta. "La Hacienda española les puede considerar residentes en España tanto por vivir en España más de 183 días como por mantener en España el centro de intereses económicos, -es decir, rentas procedentes de España o patrimonio aquí- aunque no vivan más de 183 días en España", añade.

Alejandro del Campo subraya la importancia de "no tener en España una vivienda a disposición, ni en propiedad ni alquilada". El fiscalista considera que "ello puede determinar residencia fiscal en España por las reglas establecidas en los Convenios de Doble Imposición".

En cualquier caso, todos los fiscalistas destacan el "miedo" de sus clientes. "A Portugal y a otros sitios, muchos están buscando ya dónde jubilarse", asegura del Campo.

Para beneficiarse del Régimen de los Residentes no Habituales portugués, el ciudadano extranjero debe acreditar que no ha sido residente fiscal en Portugal en los últimos 5 años y adquirir la residencia tributaria en Portugal. La regla general portuguesa es que pueden adquirir la residencia fiscal quienes residen en el país más de 183 días al año o, con un plazo menor de tiempo, disponen todo el año de una vivienda que sirva a Hacienda para presumir la intención de conservarla y ocuparla como residencia habitual.

"Portugal está siendo visto con muy buenos ojos por gente con rendimientos altos debido a que tiene una suerte de nuestro Régimen Beckham pero todavía con mayores ventajas fiscales", explica el fiscalista Esaú Alarcón, abogado en Gibernau Asesores.

"Tiene grandes atractivos", destaca Javier Gómez Taboada, socio del Área Tributaria de Maio Legal en la oficina de Vigo, a pocos kilómetros de la frontera con Portugal. "España debería tomar buena nota", apunta Gómez Taboada. "No hace mejor los deberes el que los hace más rápido, buscando una recaudación en tiempo récord, sino los hace mejor el que los hace pensando en el medio o largo plazo", añade.

(Fuente elEconomista.es)

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