El TJUE dictamina que los jueces españoles deberán decidir si el IRPH fue abusivo o no03/03/2020

El TJUE dictamina que los jueces españoles deberán decidir si el IRPH fue abusivo o no

La sentencia más importante para la banca española de los tres últimos años dictamina que corresponde a los jueces de cada país decidir, caso por caso, si se aplica un tipo de interés diferente en los casos en los que el IRPH se considere abusivo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dejado en manos de los jueces españoles determinar en cada caso la posible abusividad de una hipoteca ligada al índice. Hasta la fecha, 36 de las 45 audiencias provinciales españolas habían quitado la razón a los consumidores.

El alto tribunal europeo ha resuelto, además, que los jueces españoles tienen potestad para sustituir el índice IRPH por otro índice legal si consideran que su comercialización no fue suficientemente "clara y comprensible". Algunos juristas creen que debería ser el euribor, aunque la sentencia no lo especifica.

Sin embargo, la banca se aferra a que la sentencia propone que dicho índice sustitutivo sea el que contempla la Ley 14/2013, que es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en España, aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que se produce la sustitución del tipo.

"Los tribunales españoles deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamo hipotecario que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable basado en el índice de referencia de las cajas de ahorros", dice la sentencia. "Si llegaran a la conclusión de que dichas cláusulas son abusivas podrán sustituirlas por un índice legal aplicable de manera supletoria para proteger a los consumidores en cuestión de las consecuencias especialmente perjudiciales que podrían derivarse de la anulación del contrato de préstamo", añade. Aunque no se indica, se da por hecho que dicho índice será el euribor, el más utilizado en España.

El TJUE corrige al Supremo

En contra de lo que dictaminó el Tribunal Supremo español en 2017, que dio la razón a la banca, el Tribunal de Justicia de la UE entiende que la cláusula de tipo de interés está sujeta a la directiva europea sobre cláusulas abusivas y debe someterse a sus exigencias.

El Tribunal de la UE señala que las cláusulas "no solo deberán ser comprensibles en un plano formal y gramatical, sino también permitir que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés y de valorar así, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de dichas cláusulas para sus obligaciones financieras".

El TJUE ha dejado algunos aspectos abiertos sobre los que deberán decidir los jueces españoles. El más importante, qué tipo de retroactividad tiene este fallo.

Un millón de afectados

Se calcula que hay un millón de hipotecas ligadas al IRPH en España, un índice oficial, publicado por el Banco de España y que ha cotizado históricamente por encima del euribor. Sin embargo, el diferencial que las entidades añadían a dicho índice solía ser más bajo que el aplicado a las hipotecas referenciadas al euribor.

El IRPH representa menos del 1% de los créditos concedidos en España y es el segundo más presente en las hipotecas españolas después del euribor, utilizado en cerca del 60% de los contratos. Emplear el IRPH en lugar del euribor supone un coste superior de entre 18.000 y 21.000 euros por hipoteca.

Los bancos reciben en dictamen con subidas en Bolsa

La sentencia supone un jarro de agua mitigado para la banca dado que se sortea el peor escenario de un fallo totalmente contrario al IRPH, pero al dejarlo en manos de los tribunales nacionales existe el riesgo de una nueva avalancha de demandas y que se multiplique la litigiosidad.

En ese caso, la banca podría tener que hacer frente a una factura de entre 2.000 millones y 44.000 millones de euros, en el caso de sentencias desfavorables, y según se aplicara la compensación con efectos retroactivos, ya que las entidades españolas tenían una cartera de 15.500 millones de euros en hipotecas referenciadas al IRPH al cierre de 2019.

Los bancos han reaccionado a la noticia con intensas subidas En el momento de hacerse público el dictamen los dos bancos que más 'jugaban' con esta sentencia Caixabank y Bankia se han disparado un 7% y un 3,8%, respectivamente. BBVA subía un 2,8% y Santander un 2%.

El tribunal de Luxemburgo se pronuncia de esta manera sobre el caso de un ciudadano español que firmó un contrato hipotecario con Bankia con una cláusula relativa al cálculo de los intereses ordinarios conforme al IRPH. Este cliente presentó una demanda de judicial por considerar que la cláusula era abusiva ante el juzgado barcelonés, que posteriormente elevo el caso al tribunal de Luxemburgo.

(Fuente EXPANSION)

ADVOCATI ABOGADOS es un despacho multidisciplinar fundado en 1993 cuyo objetivo es el asesoramiento de empresas y particulares, incluyendo la defensa judicial en todo tipo de materias. Si tiene algún problema legal no dude en consultarnos.

AVISO LEGAL: En cumplimiento de lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, usted puede revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otros medios de comunicación electrónica equivalentes, remitiendo un mensaje de correo electrónico con el asunto “BAJA E-MAIL COMERCIAL”, a la siguiente dirección: eduardo.bures@altadvocati.com


Volver

Las cookies nos permiten ofrecer nuestros servicios. Al continuar navegando, aceptas el uso que hacemos de ellas [+]. Aceptar  Rechazar