El apellido paterno seguirá siendo preferente al menos un año más. Se aplaza la medida.07/06/2017

El apellido paterno seguirá siendo preferente al menos un año más. Se aplaza la medida.

Publicado por mgarcia  en Civil el 31-may-2017 12:09:10

Inicialmente en un mes vista, el 30 de junio de 2017, la entrada en vigor la reforma de la Ley de Registro Civil, Ley 20/2011 de 21 de Julio, supondría la pérdida de la prioridad del apellido paterno. No obstante, la reciente aprobación de una enmienda a la modificación en el Senado ha retrasado hasta el 30 de junio de 2018 la modificación normativa por lo que el apellido paterno seguirá siendo preferente, al menos, hasta ese momento.

¿Qué establece el cambio normativo?

Entre otras modificaciones, se establece que en caso de desacuerdo entre los progenitores, será el Encargado del Registro Civil el que acuerde el orden de los apellidos en caso de que los progenitores o quienes ostenten la representación legal del menor no lo hayan comunicado tras requerírseles por un plazo de tres días.

Esta decisión a tomar por el Encargado del Registro, deberá realizarse,  “atendiendo al interés superior del menor”.(art. 49 Ley 20/2011)

Actualmente, si bien los progenitores o representantes del menor eligen el orden de los apellidos del neonato entre el primer apellido del padre y el primero de la madre, es el del padre el que se toma por el Encargado del Registro Civil en caso de discrepancia entre aquellos. (art. 194 del Reglamento de la Ley del Registro Civil en relación con el artículo 109 del Código Civil )

Con relación al orden de transmisión de los apellidos, si bien la prioridad del apellido paterno se pierde con esta próxima modificación, se echa en falta que en el orden de transmisión de apellidos no se pueda disponer de la facultad de elección del segundo de los mismos, circunscribiéndose únicamente a los primeros de cada progenitor, cuando, y hasta la modificación efectuada en el Código Civil por la Ley 40/1999, de 5 de noviembre, sobre nombre y apellidos y orden de los mismos, que suponía la opción de poder elegir cual de los primeros apellidos de los progenitores era el que regía el orden de los del menor, era la linea paterna la única que se veía reflejada en los apellidos de las personas españolas.

Acorde con la materia de esta modificación, la propia norma establece la eliminación del Libro de Familia, previéndose la existencia de una hoja o extracto en la que figuren los datos personales de la vida del individuo.

Suspensión de la medida hasta 2018

Aunque inicialmente, como hemos dicho, la medida se había previsto para el próximo mes de julio, la falta de presupuesto para implementar el sistema organizativo y tecnológico necesario ha sido decisiva para que la enmienda presentada por el Partido Popular cuajase y se posponga la modificación del trámite de los apellidos por un año.

(Fuente IBERLEY)

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