Exigencia de presentar, junto al parte de baja, el diagnóstico médico: vulneración de la LOPDAEPD, 4-12-2014.19/06/2015

Ante la Agencia se denunció que un ayuntamiento había emitido una nota informativa del siguiente tenor: "se establece la obligatoriedad de presentar en el departamento de Medicina Laboral, junto con la baja médica, copia en la que figure el diagnóstico. (...) Dicha información quedará en el seno del Departamento de Medicina Laboral".

El ayuntamiento alegó que la solicitud se realiza en beneficio del trabajador y para encuadrar la enfermedad en los supuestos tasados que no conllevan descuento de las retribuciones; igualmente, viene a indicar que dicho requerimiento es necesario a efectos de dar cumplimiento al RDL 20/2012, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad. 

La Agencia desestima estas alegaciones y considera que se ha cometido una infracción grave, pues el tratamiento de datos efectuado supera los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.


(Fuente SEPIN)


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