Incapacidad temporal en fijo discontinuo16/01/2017

INCAPACIDAD TEMPORAL Está de baja y acaba la campaña

Su empresa cuenta con un empleado fijo discontinuo que está de baja. Si la campaña finaliza y dicho empleado sigue en IT, ¿cómo debe actuar su empresa? ¿Qué ocurrirá con el pago de la prestación?

Dinámica. Usted tiene un negocio que sólo abre en invierno, por lo que sus empleados son fijos discontinuos. A estos efectos:

Este contrato sirve para atender necesidades que, aunque tengan lugar en intervalos temporales separados (campañas, temporadas...), se repiten en el tiempo.

Cuando finaliza la campaña el contrato no se extingue, sino que queda interrumpido. Apunte.  Sus trabajadores pueden cobrar el paro, y usted deberá llamarlos cuando empiece la siguiente campaña.

En IT. Si uno de sus empleados coge la baja y finaliza la campaña, ¿qué es lo que ocurre? ¿Qué consecuencias se producen?

Final de campaña

Gestiones. Al término de la campaña, realice las siguientes gestiones con sus fijos discontinuos (con independencia de si están o no de baja):

Notifique la interrupción del contrato hasta la siguiente campaña. Apunte.  Revise si su convenio establece un plazo de preaviso para efectuar esta comunicación.

Entregue el correspondiente finiquito, con la parte proporcional de pagas extras y de vacaciones devengadas.

Tramite la baja en la Seguridad Social consignando el código 94 en el Sistema RED.

Certificado. Asimismo, comunique al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) de forma telemática los certificados de empresa de los empleados que no están en IT, para que puedan cobrar el paro sin problemas. Apunte.  Respecto a su empleado en IT, tenga en cuenta:

Cuando su empresa tramite su baja por Sistema RED, dejará de abonarle la prestación en régimen de pago delegado. Así, el afectado pasará a cobrar la prestación de IT de forma directa por parte de la entidad gestora . Apunte.  Por tanto, usted deberá entregarle un certificado de empresa para que su empleado solicite el pago directo de la prestación de IT.

Infórmele de que la base reguladora diaria de su prestación seguirá siendo la misma. Apunte.  Es decir, será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización de los tres meses anteriores a la baja entre el número de días naturales de dicho período.

Inicio de la siguiente campaña

Llamada. Cuando vaya a iniciar la siguiente campaña, deberá llamar a sus fijos discontinuos. ¡Atención!  Si su empleado todavía está de baja también deberá llamarlo (lo mismo ocurrirá si llama a un empleado que ha iniciado la baja durante la interrupción):

Aunque siga en IT, deberá darlo de alta en la Seguridad Social y empezar a cotizar por él, ya que la obligación de cotizar permanece durante la baja. ¡Atención!  Si no lo hace podrá reclamarle por despido improcedente.

Tras dicha alta, comunique la baja por IT. A partir de ese momento deberá abonarle la prestación en régimen de pago delegado (recuperará dicha cuantía de las cotizaciones). Apunte.  En concreto, deberá tomar la misma base reguladora que ya calculó en su día.

Su empresa dejará de abonarle la prestación en régimen de pago delegado, ya que su empleado la cobrará directamente de la entidad gestora. Para ello, deberá entregarle un certificado de empresa.

(Fuente INDICATOR - Lefebvre)

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