Incentivos fiscales por aumentar la plantilla14/03/2022

Incentivos fiscales por aumentar la plantilla

Al cerrar las cuentas de su empresa, verifique si ha aumentado su plantilla media de trabajadores. Recuerde que, en determinados casos, ello permite disfrutar de ventajas fiscales en el Impuesto sobre Sociedades.

Incentivos

Libertad de amortización. Un primer incentivo ligado a la creación de empleo es el de la libertad de amortización de pymes (uno de los más utilizados por las empresas). ¡Atención!  Pueden aplicarlo las empresas de reducida dimensión (es decir, las que facturan menos de 10 millones de euros) que invierten en activos nuevos y que, al mismo tiempo, hayan incrementado su plantilla media de trabajadores. En concreto, por cada persona en que se incremente la plantilla, la empresa podrá amortizar libremente los activos nuevos adquiridos hasta una cuantía de 120.000 euros.

Deducción por discapacidad. Otro incentivo ligado al aumento de plantilla es el que se refiere a los trabajadores con discapacidad. Apunte.  En concreto, todas las empresas –no solo las de reducida dimensión– pueden disfrutar de una deducción en la cuota de su Impuesto sobre Sociedades de 9.000 euros por cada trabajador con el que hayan aumentado la plantilla (12.000 euros si el incremento es de trabajadores con una discapacidad del 65 % o más).

Cálculo de la plantilla media

Cálculo. Pues bien, para calcular la plantilla media de trabajadores de un año determinado y comprobar si ha aumentado, haga el cálculo que se indica a continuación:

  • Multiplique el número de trabajadores existentes al inicio de cada ejercicio por el número de días que esa misma plantilla permanezca en la empresa sin variación.
  • Si durante el año se altera el número de trabajadores, multiplique el nuevo número por los días que se mantengan en la empresa hasta la siguiente variación, y así sucesivamente hasta completar el año.
  • Obtendrá la plantilla media dividiendo la suma de los resultados obtenidos por el número de días de cada ejercicio.

Trabajadores computables. A estos efectos, deberá tener en cuenta tanto a los trabajadores fijos como a los temporales (no así a los contratados a través de ETT). Apunte.  Asimismo:

Los trabajadores que no tengan jornada completa deberá computarlos en proporción a las horas que realicen.

También deberá incluir en el cálculo tanto a los trabajadores de baja temporal por maternidad o enfermedad como a aquellos otros que haya tenido que contratar para sustituirlos.

Ejemplo

Plantilla. A principios de 2021, su empresa tenía contratados a tres trabajadores a jornada completa que estuvieron en plantilla hasta el 31 de julio (3 × 212 días), fecha en la que contrató a uno más, quedándose con cuatro trabajadores hasta el 31 de octubre (4 × 92 días). El 1 de noviembre contrató a un nuevo trabajador, por lo que pasó a disponer de cinco empleados (5 × 61 días). Ello supone una plantilla media a final de año de 3,5863 empleados y un aumento de 0,5863 trabajadores:

[(3 × 212 + 4 × 92 + 5 x 61) / 365] - 3 = 0,5863

Trabajadores con discapacidad. Si el cálculo anterior correspondiera únicamente al aumento de la plantilla media de trabajadores con discapacidad inferior al 65 %, dicho aumento permitiría a su empresa aplicar una deducción en su IS de 2021 de 5.277 euros (0,5863 × 9.000).

(Fuente APUNTES & CONSEJOS LEFEBVRE)

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