Información sobre qué es el estado de alarma13/03/2020

Información sobre qué es el estado de alarma

El artículo 116 de la Constitución contempla los estados de alarma, excepción y sitio. El estado de alarma es el menos grave de los tres y se contempla en situaciones extraordinarias que impidan el normal funcionamiento del día a día de los ciudadanos.

El estado de alarma implica que la mayoría de las competencias que ahora recaen sobre diferentes administraciones pasen a estar temporalmente bajo control de Gobierno o bajo la autoridad que este designe.

La regulación específica sobre el estado de alarma indica que, tras ser aprobado, todas las autoridades civiles, los integrantes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, y los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedarán bajo las órdenes directas de la Autoridad competente, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza (turnos más largos para la policía, mayores competencias para las autoridades médicas..).

PARA LOS CIUDADANOS implica que PODRÁN limitarse temporalmente algunos derechos fundamentales, como la libre circulación de las personas o bienes:

1.- Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.

2.- Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.

3.- Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza (no domicilios privados).

4.- Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.

5.- Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción.

El estado de alarma no anula los derechos fundamentales previstos en la Constitución, que siguen vigentes, pero sí puede afectar a algunas libertades porque faculta al Gobierno para establecer límites a la circulación o requisar bienes e intervenir industrias. La ley regula el derecho de los ciudadanos a ser indemnizados por los daños o perjuicios por actos que no les sean imputables a consecuencia de las decisiones que se adopten en el marco de esta medida excepcional.

Además en los casos como la pandemia por el coronavirus, se pueden aplicar medidas especiales y excepcionales a la recogidas en las normas para la lucha contra las enfermedades infecciosas, la protección del medio ambiente, en materia de aguas y sobre incendios forestales.

A día de hoy el Presidente del Gobierno se ha limitado a anunciar que declarará el estado de alarma. Una vez declarado se concretarán qué medidas son las que se van a tomar. Por tanto, en estos momentos no se conoce cual va a ser el alcance de esta medida.

(Fuente diversos artículos de prensa)

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