La Justicia ampara a un cartero ludópata que retenía envíos22/07/2016

La Justicia ampara a un cartero ludópata que retenía envíos

EXPANSIÓN;  16/06/2016

El trastorno que padece el profesional impide que se le pueda atribuir la culpabilidad por sus actos.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado improcedente el despido de un cartero de Correos ludópata que retenía envíos postales de tarjetas bancarias de clientes. El tribunal considera que, aunque los hechos son graves, la sanción disciplinaria impuesta por la empresa no puede conllevar el despido, ya que su trastorno ludópata impide que se le pueda atribuir la culpabilidad por sus actos.

El trabajador había retenido hasta en siete ocasiones envíos postales de tarjetas bancarias de diversos clientes, así como los posteriores envíos que contenían las claves de aquéllas, para hacer uso de sus fondos. Llegó a ser detenido por la Policía, y aunque se inició un procedimiento por estafa contra él, finalmente se acordó el sobreseimiento del caso "por enajenación o demencia".

La sentencia reconoce que "no existe duda sobre la indudable gravedad de la conducta imputada", y señala que,"en condiciones normales, semejante conducta, potencialmente constitutiva de un delito, llevaría aparejada sin mayores consideraciones la calificación de procedencia del despido". Pero en este caso "no se cuestiona la gravedad de la conducta, sino la culpabilidad" del trabajador que, a efectos laborales, "requiere de manera inexcusable la existencia de una integridad psicológica que permita al sujeto conocer el contenido ético y el alcance de sus actos y el mantenimiento de la capacidad volitiva, entendida como posibilidad real de determinar sus acciones".

En este caso, explica, el cartero se encontraba aquejado de una "ludopatía persistente que afecta gravemente a su voluntad" y, aunque el tribunal admite que el trabajador era consciente de sus actos e igualmente capaz de planificarlos y ejecutarlos premeditada y sistemáticamente, la clave estaría en que la ludopatía le anula "la inhibición de las conductas indebidas por la compulsión invencible que le genera".

Finalmente, la sentencia reconoce la pérdida de la idoneidad para el desempeño del trabajo del cartero, pero entre las medidas que tome la empresa no puede estar el despido.

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