La nueva Directiva; confianza para los consumidores, temor para los vendedores29/12/2020

La nueva Directiva; confianza para los consumidores, temor para los vendedores

La Directiva 2019/2161, también conocida como Directiva Ómnibus sobre comercio electrónico establece nuevas medidas dirigidas a mejorar la protección de los consumidores en el marco de la Unión Europea, que afectan directamente a las empresas que ofertan productos y servicios de manera on line.

Esta Directiva entró en vigor el 17 de diciembre de 2019, y deberá ser transpuesta por los Estados miembros a la legislación antes del día 28 de noviembre de 2021. Supone la modernización de las normas dirigidas a proporcionar una mayor seguridad jurídica y a proteger a los consumidores dentro de la Unión.

La norma introduce dos principales novedades; en primer lugar, persigue la introducción de medidas para reforzar la transparencia del comercio electrónico, y, en segundo lugar, endurece el régimen de imposición de sanciones económicas para el comerciante que las incumpla.

¿A quién afecta esta directiva?

La Directiva afectará tanto a las empresas como a los consumidores. Tendrá una gran incidencia en aquellas empresas que oferten productos o servicios a través de los llamados marketplaces, ecommerce y plataformas de comercio digital, ya que se tendrán que adaptarse a las nuevas obligaciones que introduce para los comerciantes que operan en ellos.

Por otro lado, otorga mayores derechos a los consumidores, ya que su finalidad es mejorar su protección y seguridad mediante la imposición de sanciones. Su principal objetivo es paliar la carencia de transparencia que sufren los consumidores en las compras por internet.

¿Qué novedades incluye?

La novedad principal que incluye esta Directiva es la introducción de nuevas prácticas comerciales calificadas como desleales, entre las que podemos encontrar las siguientes:

  • Omitir información sobre si quien vende un producto u ofrece un servicio en una plataforma on line es un consumidor o una empresa.
  •  
  • No facilitar la información sobre cuáles son los criterios tenidos en cuenta a la hora de posicionar los resultados y su relevancia cuando se proporcionen resultados de búsqueda sobre productos o servicios (esta información, además, debe facilitarse de forma accesible).
  •  
  • Omitir información sobre las medidas adoptadas para verificar que las valoraciones de los productos han sido realizadas por alguien que ha comprado o utilizado el servicio ofertado.
  •  
  • La comercialización de un producto idéntico a otro comercializado dentro de la Unión Europea.
  •  
  • Proporcionar resultados de búsquedas de productos o servicios sin informar sobre si la realización de pagos permite obtener una mejor posición en la clasificación.
  •  
  • No tomar las medidas razonables y proporcionadas para verificar que las opiniones de un producto son realizadas por los consumidores que realmente lo han comprado.
  •  
  • Publicar comentarios u opiniones falsas sobre productos con el fin de promoverlos.
  •  
  • Anunciar descuentos incorrectamente indicando el nuevo precio junto al precio más reducido que haya sido aplicado durante los treinta días anteriores a la aplicación de la reducción del precio.

Consecuencias de su incumplimiento

La Directiva obliga a los Estados Miembros a establecer un régimen administrativo sancionador a las empresas que incurran en estas conductas. El importe máximo de las sanciones será el 4% del volumen de negocios anual de la empresa en el Estado miembro o los Estados miembros afectados, y en el caso de no disponer de información sobre el volumen de negocios anual, el importe máximo de la multa equivaldrá, al menos, a dos millones de euros.

Por otro lado, obliga a los Estados a establecer mecanismos para que los consumidores afectados por estas prácticas comerciales desleales puedan tener acceso a una indemnización por daños y perjuicios, y cuando sea pertinente, a una reducción del precio o a la resolución del contrato.

Conclusiones

La aplicación de esta Directiva en los Estados Miembros supondrá una mayor confianza por parte del usuario que compra por internet, debido al reforzamiento de sus derechos, pero a su vez supondrá un mayor coste para las empresas.

Éstas deberán adaptar sus plataformas a las nuevas medidas, proporcionando una información detallada sobre sus productos y se enfrentarán a posibles sanciones de gran importe si las incumplen.

(Fuente ELDERECHO.COM LEFEBVRE)

ADVOCATI ABOGADOS es un despacho multidisciplinar fundado en 1993 cuyo objetivo es el asesoramiento de empresas y particulares, incluyendo la defensa judicial en todo tipo de materias. Si tiene algún problema legal no dude en consultarnos.

AVISO LEGAL: En cumplimiento de lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, usted puede revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otros medios de comunicación electrónica equivalentes, remitiendo un mensaje de correo electrónico con el asunto “BAJA E-MAIL COMERCIAL”, a la siguiente dirección: eduardo.bures@altadvocati.com


Volver

Las cookies nos permiten ofrecer nuestros servicios. Al continuar navegando, aceptas el uso que hacemos de ellas [+]. Aceptar  Rechazar