Los economistas explican cómo ahorrar dinero en el Impuesto sobre la Renta antes de acabar el año28/11/2019

Los economistas explican cómo ahorrar dinero en el Impuesto sobre la Renta antes de acabar el año

Advierten sobre los controles que la Agencia Tributaria ha establecido sobre algunas deducciones

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo de Economistas advierte que a la hora de hacer la Declaración de la Renta en la próxima campaña que Hacienda está comprobando las cantidades percibidas por los despidos improcedentes, de las que están exentas estas cantidades hasta los 180.000 euros, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, para comprobar si ha existido algún tipo de acuerdo entre el trabajador y la empresa.

Según ha advertido Jesús San Martín, presidente del REAF, estos controles se están llevando a cabo aunque se hayan logrado a través de una conciliación en el SMAC. Si Hacienda considera que ha existido pacto, se perderá la exención, con las correspondientes recargos e intereses de demora.

Esta es una de las advertencias incluidas entre el centenar de recomendaciones que aportan los asesores fiscales para que los contribuyentes puedan tomar medidas que sirvan para aprovechar los recovecos legislativos que permiten reducir el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas antes de concluir el actual ejercicio, el próximo 31 de diciembre. El informe se ha presentado en Valencia, en el seno de las Jornadas Nacionales del REAF.

Otro asunto a tener en cuenta, ante los controles de la AEAT es el de las cuándo se han cobrado dietas por gastos de viaje. En estos casos, la AEAT está pidiendo los justificantes para comprobar si han sido reales o no. En estos casos, las empresas deben tener todos los datos de kilometrajes y de manutención.

Ingresos de trabajadores

El tercer caso que es preciso tener en cuenta que está en el foco de Hacienda, a la hora de reducir el pago por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con vistas a la declaración que habrá que hacer en junio, es la deducción por gastos de escuela infantil de los hijos menores de tres años -un máximo de 83,33 euros mensuales-. Es preciso comprobar que esta escuela está debidamente autorizada. hay que asegurarse de que los lleva a un centro de educación 'infantil autorizado, porque Hacienda lo comprueba y si no lo está, reclamará lo deducido.

También, si ha realizado trabajos en el extranjero que puedan quedar exentos, son muchos los problemas que suele poner la Administración: la prueba de que el servicio produce una utilidad a la entidad destinataria; si el país donde se realiza el trabajo se aplica un impuesto idéntico o análogo al nuestro; en el cálculo de la parte exenta no tienen en cuenta los días de viaje; y la cosa se complica más si la entidad retuvo sobre los importes exentos.

Jesús San Martín ha explicado que las empresas deberían estudiar mejor estos asuntos para evitar problemas a los contribuyentes, a sus empleados.

Los bonus de los trabajadores solo se pueden reducir en un 30% cuando se han generado en más de 2 años y no se ha reducido otra percepción similar en los 5 años anteriores. Lo recomendable, si eso no ha sucedido, es analizar si interesa reducir lo que se perciba en 2019, porque aplicar la reducción este año impedirá volver a hacerlo sobre otra retribución de bonus en los futuros 5 años

Se puede deducir el 30% de las cantidades satisfechas en 2019 por la suscripción de acciones o participaciones

Se puede deducir el 30% de las cantidades satisfechas en 2019 por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, sobre una base máxima anual de 60.000 euros, sin que formen parte de dicha base los importes respecto de los que se practique alguna deducción establecida por una Comunidad Autónoma, cumpliendo los requisitos legales.

En caso de que en 2019 haya transmitido acciones de una sociedad que no cotiza, obteniendo una ganancia patrimonial, debe estar preparado para una posible comprobación si el precio fijado ha sido inferior al mayor de dos: el valor del patrimonio neto de la sociedad que corresponda a los valores transmitidos, o el importe que resulte de capitalizar 20% el promedio de los resultados de los 3 ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto.

Si va a realizar o está realizando una actividad económica a través de una sociedad, tenga en cuenta que, en general, tendrá que valorar a mercado las contraprestaciones por las entregas de bienes o por las prestaciones de servicios del socio a la sociedad y viceversa.

Los empresarios que puedan aplicar el régimen de empresas de reducida dimensión pueden aprovechar los incentivos del mismo y, si han creado empleo y piensan mantenerlo, si invierten antes de fin de año en elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias y estos entran en funcionamiento, podrán amortizarlos libremente hasta un máximo de 120.000 euros por cada persona/año que hayan incrementado la plantilla, lo cual puede suponer un importante ahorro fiscal.

Alquiler y compraventa de inmuebles

Si se va a alquilar un inmueble que puede ser vivienda, interesará hacerlo precisamente para ser utilizado como tal, no como despacho. Mejor que sirva de vivienda permanente que para vivienda de temporada, y no prestar servicios propios de la industria hotelera, porque, en todos esos casos, no será posible aplicar la reducción del 60% sobre los rendimientos netos declarados.

A los propietarios o usufructuarios de inmuebles alquilados les interesará anticipar, antes de fin de año, los gastos que tengan previsto efectuar, para reducir el rendimiento neto, pero siempre procurando que la suma de los gastos de reparación y conservación y los financieros no superen los ingresos del alquiler.

Aprovechar algún elemento patrimonial con liquidez para transmitirlo con pérdidas a fin de conseguir reducir la tributación de las ganancias patrimoniales que se nos hayan puesto de manifiesto durante el año por otras transmisiones. Ahora bien, la pérdida no será aprovechable si volvemos a adquirir los elementos, en general en el plazo de un año y, si se trata de valores cotizados, en los 2 meses anteriores o posteriores.

En sentido contrario, aprovechar pérdidas patrimoniales por transmisiones del ejercicio, o que traigamos arrastradas de años anteriores por no haber podido compensarlas, para reducir plusvalías que generemos al transmitir elementos patrimoniales antes del 31 de diciembre. En este caso, incluso podemos volver a adquirirlos de nuevo.

Para contribuyentes que pueden aplicar el régimen transitorio de la deducción por adquisición de vivienda, la recomendación habitual es que agoten el límite de la base de deducción, 9.040 euros –de amortización de préstamo más intereses, amortizando préstamo antes de que finalice el año, puede ser

Planes de pensiones y mayores de 65 años

La reducción de la base imponible, con aportaciones a sistemas de previsión social es una recomendación clásica. Se trata de agotar el límite absoluto de 8.000 euros, o el relativo del 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, para conseguir un ahorro que se concreta en nuestro marginal máximo aplicado a la aportación realizada.

Si ya está jubilado y pretende aprovechar la reducción del 40% por rescate de su plan de pensiones en forma de capital por las prestaciones anteriores a 2007, en caso de que la jubilación se hubiera producido en 2011 o en 2017 solo tiene hasta final del año 2019 para aprovechar esa norma transitoria.

Si tiene más de 65 años o va a alcanzar esa edad, puede utilizar alguna posibilidad legal para rebajar su cuota a pagar: exención de la ganancia obtenida al transmitir la vivienda habitual; o la exención de las ganancias obtenidas en la venta de cualquier bien o derecho si el importe obtenido se reinvierte en una renta vitalicia, con un máximo de reinversión de 240.000 euros (plazo de 6 meses).

Se puede aprovechar la opción de imputar la renta a medida que sean exigibles los cobros, pero para ello es necesario que la operación se pueda calificar como a plazo. Tiene que existir un calendario de pagos pactado y que el vencimiento del último plazo se produzca, como pronto, transcurrido un año desde la venta. No podemos perder de vista que, cuando declaremos, habrá que ejercer la opción de imputar de esa manera.

Bienes en el extranjero

Jesús San Martín ha explicado, que en caso de que tenga determinados bienes o derechos en el extranjero que debería haber declarado en el modelo 720, si no lo ha hecho, sobre todo si la Administración tributaria va a tener conocimiento de ello, le interesa regularizar su situación de manera voluntaria, a fin de evitar una fuerte sanción, salvo que pueda probar que los elementos patrimoniales han sido adquiridos con rentas declaradas o con rentas obtenidas cuando no era contribuyente por el IRPF, casos en que solo le impondrán una sanción por el incumplimiento formal.

(Fuente elEconomista.es)

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