Nuevos plazos para comunicar las huelgas16/07/2015

Si sus trabajadores secundan una huelga que afecta a toda la jornada, sus contratos de trabajo quedan suspendidos. Ello implica que la obligación de cotizar para su empresa también se suspende. 

Para evitar la cotización por el día de la huelga, debe efectuar una comunicación a la Seguridad Social. En concreto:

Debe acudir al Sistema RED, y comunicar tanto el inicio como el fin de la huelga desde el apartado "Cambio de contrato (tipo / coeficiente)". En concreto, debe utilizar la casilla "Tipo de Inactividad".

Pues bien, sepa que los plazos para efectuar esta comunicación se han ampliado. En concreto, podrá mecanizar los movimientos de la huelga a lo largo de todo el mes natural coincidente con la fecha real del movimiento y hasta el penúltimo día del mes inmediatamente posterior.

 

(Fuente Indicator)

 

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