Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.27/06/2015

En el Boletín Oficial del Estado del pasado 20 de junio de 2015, se publicó la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración (BOE núm. 147), y que entrará en vigor a partir del 1 de diciembre de 2015.

El Real Decreto 625/2014, estableció una nueva regulación en la gestión de la situación de la Incapacidad Temporal, afectando principalmente a la expedición de los partes médicos de baja, confirmación y alta, simplificando los trámites administrativos y adaptándolos a la duración estimada de cada proceso.

A través de la presente Orden Ministerial se establecen los nuevos modelos de partes médicos de baja/alta y de confirmación, que se utilizarán en los procesos de incapacidad temporal que estén en curso el 1 de diciembre de 2015 y no hayan superado los 365 días. Asimismo, las reglas fijadas por esta Orden así como los nuevos modelos de partes serán de aplicación a los períodos de recaída en procesos de incapacidad temporal iniciados con anterioridad al 1 de diciembre de 2015, cuando la nueva baja médica se expida con posterioridad a dicha fecha.

 

(Fuente Mutua Universal)

 

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