PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO DURANTE EL EJERCICIO DEL 2015.30/04/2015

La Agencia Tributaria en Resolución de 9 de marzo de 2015 ha presentado las directrices básicas del Plan de Control Tributario durante el ejercicio del 2015.

Destaca un principio de colaboración entre la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo.

También se realizará un seguimiento y empleo de Internet con el fin de descubrir la existencia de fraudes en alquileres de inmuebles en forma irregular y la percepción de rentas no declaradas. El personal dependiente de Hacienda podrá realizar el seguimiento de ofertas en la web de particulares que ceden total o parcialmente viviendas para su uso y que perciben un alquiler, en forma de rentas irregulares, que no se declara.

Realizarán un especial seguimiento de aquellas empresas que tengan éxito en sus transacciones de bienes o servicios a través de Internet para garantizar la adecuada tributación en España. Utilizarán la tecnología de las redes sociales para analizar operaciones comerciales entre agentes económicos, al objeto de identificar patrones de comportamiento que se corresponden con actividades defraudadoras (tramas de IVA, uso de testaferros, etc.).

Este año perseguirán activamente la utilización de programas informáticos que alteren la facturación real, renumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.

En la lucha contra la economía sumergida realizarán las intervenciones presenciales con personal de auditoría informática que analizará y verificará los programas y archivos de los equipos electrónicos de los obligados tributarios.

Van a intensificarse las actuaciones presenciales para la comprobación del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo (2.000 €).

También se incrementará el control de pagos al exterior y operaciones complejas a los que resulten de aplicación las normas antiabuso, prestando especial atención a las estructuras en las que intervienen sociedades interpuestas para obtener los beneficios de un convenio bilateral.

Por otra parte, continuarán siendo objeto de especial control la utilización improcedente de empresas para reducir la tributación de personas físicas, el análisis de signos externos de riqueza, los emisores de facturas irregulares y las tramas de fraude organizado en el IVA.

Se quiere potenciar la detección temprana de esquemas de adquisición masiva y por precios simbólicos de sociedades sobre las que recaen o van a recaer importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables.

También se intensificarán las actuaciones sobre sectores económicos que, no resultando especialmente afectados por el descenso de actividad derivado de la crisis económica, continúen presentando declaraciones tributarias inconsistentes con indicios que pongan de manifiesto unos niveles de facturación o capacidad económica relevantes.

En el ámbito penal, se incidirá en la persecución judicial de delitos de insolvencia punible, persiguiendo así el control de deudores insolventes ante posibles solvencias sobrevenidas y su participación en nuevas sociedades sin deudas.

 


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