Que revisen la renta10/05/2017

Que revisen la renta

El período para presentar las declaraciones de IRPF de 2016 ya está abierto. Aproveche y prepare una circular básica para sus trabajadores...

Obligación de declarar. En primer lugar, informe a su plantilla sobre la obligación de declarar. Apunte.  En concreto, no están obligados a hacerlo quienes hayan percibido en 2016 unas retribuciones íntegras del trabajo inferiores a 22.000 euros. No obstante, en ciertos casos se aplica un límite inferior, de sólo 12.000 euros. Por ejemplo:

1.- Cuando el trabajador haya tenido varios pagadores y el segundo y siguientes le hayan satisfecho más de 1.500 euros en total.

2.- Cuando el perceptor esté divorciado o separado y entre sus rendimientos haya una pensión compensatoria del ex cónyuge.

3.- Cuando haya percibido rentas sujetas a un tipo fijo de retención (por ejemplo, derivadas de contratos temporales), o cuando el pagador no deba retener (como en el caso de los empleados de hogar).

Que revisen el “Renta WEB”. 

Por otro lado, advierta a sus empleados de que revisen los datos incorporados por Hacienda en el programa habilitado para realizar la declaración. Apunte.  En lo que se refiere a rendimientos del trabajo:

Deben revisar los mínimos familiares y personales, especialmente si durante 2016 tuvieron un hijo o acogieron a un ascendiente mayor de 65 años con rentas inferiores a los 8.000 euros.

En casos de separación y divorcio, deben verificar si se han incorporado correctamente las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos.

Asimismo, infórmeles de que en los datos fiscales no aparecen ni las cuotas sindicales o de colegios profesionales ni los gastos de defensa jurídica (en caso de litigios laborales), y que dichos gastos pueden deducirse de los rendimientos íntegros del trabajo (sin límite las cuotas sindicales, hasta el límite de 500 euros las cuotas satisfechas a colegios profesionales, y hasta el límite de 300 euros en caso de gastos de defensa jurídica en el ámbito laboral).

(Fuente Indicator Lefebvre)

A.L.T. ASESORES es un despacho de abogados con experiencia desde 1.993 en temas tributarios y fiscales, por ello, no dude en ponerse en contacto con nosotros para resolver cualquier duda o problema con la  Agencia Tributaria (AEAT), OAGER o cualquier problema de impuestos.​​​

 


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