¿Se pueden negar los empleados a realizar un viaje de trabajo que coincida con la fecha de las elecciones?09/12/2015

PREGUNTA:
Uno de nuestros principales clientes extranjeros ha convocado una reunión a la que tendrían que asistir varios de nuestros empleados para debatir posibles proyectos de colaboración a corto y medio plazo. El problema es que las fechas del viaje obligan a estar fuera de España justo el día de las elecciones. ¿Pueden negarse los empleados a desplazarse alegando que no podrían ir a votar?

RESPUESTA: 
Sus empleados pueden negarse a realizar el viaje si eso les impide ejercer su derecho al voto, ya que se trata de un derecho recogido expresamente en la Constitución. Su empresa no puede coaccionar a los trabajadores para que realicen el viaje.

Tenga en cuenta que no respetar los derechos de los trabajadores el día de las elecciones se considera como una infracción grave sancionable con multa de entre 626 y 6.250 euros (art. 7.5 y art. 40.1.b de la LISOS).

Además, en este caso, al tratarse de un derecho protegido constitucionalmente, no se aplica el principio “solve et repete” (obedece y después reclama), por lo que el trabajador puede negarse a hacer el viaje y su empresa no puede sancionarle. 

Lo que sí puede hacer su empresa es pedir a sus empleados que voten por correo, pero el plazo para solicitar esta opción finaliza mañana jueves, 10 de diciembre, por lo que los trabajadores que acepten la propuesta deberán ir de manera inmediata a cualquier oficina de Correos.

(Fuente Carta de personal)​

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