Una juez de Salamanca valida que un jubilado cobre el plus de maternidad30/11/2020

Una juez de Salamanca valida que un jubilado cobre el plus de maternidad

Primera sentencia en Castilla y León que condena a la Seguridad Social a pagar este complemento de pensión por hijos (a partir de dos), que sólo se da a las mujeres.

Hace un año el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a raíz de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, declaró que el complemento de maternidad de las pensiones en España (que incrementa entre un 5% y un 15% la prestación de aquellas mujeres que hubiesen tenido al menos dos hijos) era discriminatorio con los hombres que también tuvieron descendencia y que éstos debían ser recompensados en la misma medida que sus parejas por su contribución demográfica al sistema.

Cuando Julián Ingelmo, un jubilado salmantino de 67 años, casado y padre de familia numerosa, escuchó aquella noticia por casualidad en la radio, decidió consultar a su abogado si podía exigir a la Seguridad Social ese complemento de maternidad para elevar su pensión de poco más de mil euros. El letrado, tras estudiar la jurisprudencia europea y el precedente en Canarias, decidió animarle a reclamar ese plus, que en su caso supondría el incremento máximo del 15% por haber criado a cuatro hijos. Cabe recordar que el complemento es del 5% de la pensión por dos hijos, del 10% por tres hijos y del 15% por cuatro o más hijos.

En un primer momento Julián Ingelmo envió una solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que rápidamente fue denegada por el organismo estatal. El Real Decreto Legislativo General de la Seguridad Social reconoce el complemento de pensión sólo a las mujeres trabajadoraspor su aportación demográfica a la Seguridad Social”. Tienen derecho a este complemento aquellas pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad permanente a partir del 1 de enero de 2016.

El pensionista salmantino no desistió y formuló una reclamación previa contra esa denegación que también fue rechazada. Algo desanimado, fue su abogado Eloy Sampedro el que le empujó a pelear por este plus, que discrimina a los hombres, en los juzgados. El pasado mes de marzo, en pleno inicio de la pandemia el letrado presentó la demanda contra el INSS y Tesorería de la Seguridad Social.

Tras meses de espera, la insistencia ha surtido efecto. La magistrada del Juzgado de los Social número 2 de Salamanca falló esta semana a favor del jubilado salmantino. Es la primera sentencia de este tipo en Castilla y León.

La juez reconoce el derecho de Julián Ingelmo “a percibir el complemento de maternidad de su pensión de jubilación en un porcentaje del 15% de la base reguladora”. De esta forma, este salmantino pasará a cobrar en torno a 150 euros más al mes en su pensión de por vida y además, con efectos retroactivos al 6 de diciembre de 2019. Aunque el INSS aún puede recurrir la sentencia, la magistrada señala que deberá iniciar igualmente el abono de la prestación.

Julián Ingelmo expresaba su satisfacción a este periódico por la sentencia a su favor. “La constancia ha merecido la pena”, admitía, mientras confiaba en que una vez pase la pandemia pueda celebrar como se merece el aumento de pensión con su mujer y sus cuatro hijos.

Las sentencias en Canarias y después también en Galicia y Murcia a favor de padres pensionistas han provocado un aluvión de demandas similares de jubilados por toda España aprovechando la interpretación del tribunal europeo que considera discriminatoria la normativa española. Habrá que ver si ante este resquicio legal de la llamada “aportación demográfica”, el Instituto de la Seguridad Social decide modificar y matizar el Real Decreto. Mientras tanto, cada vez son más los pensionistas jubilados que se plantean reclamar en los juzgados este plus para elevar su pensión.

(Fuente la Gaceta de Salamanca)

ADVOCATI ABOGADOS es un despacho multidisciplinar fundado en 1993 cuyo objetivo es el asesoramiento de empresas y particulares, incluyendo la defensa judicial en todo tipo de materias. Si tiene algún problema legal no dude en consultarnos.

AVISO LEGAL: En cumplimiento de lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, usted puede revocar en cualquier momento el consentimiento prestado a la recepción de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otros medios de comunicación electrónica equivalentes, remitiendo un mensaje de correo electrónico con el asunto “BAJA E-MAIL COMERCIAL”, a la siguiente dirección: eduardo.bures@altadvocati.com


Volver

Las cookies nos permiten ofrecer nuestros servicios. Al continuar navegando, aceptas el uso que hacemos de ellas [+]. Aceptar  Rechazar