Su empresa está muerta y usted no lo sabe03/12/2019

Su empresa está muerta y usted no lo sabe

Una directiva europea obliga a España a regular un sistema de detección tremprana de ‘agujeros’

Una de las numerosas citas inspiradoras que se atribuyen a Thomas J. Watson, fundador de IBM, es la que reza: “Si quieres tener éxito, duplica tu tasa de fracaso”. La sentencia muestra la notable diferencia existente entre la cultura norteamericana y la europea. Mientras que en el Viejo Continente quien sufre un revés profesional o empresarial carga con el estigma de ser un perdedor o un mal pagador, en Estados Unidos los tropiezos son vistos como parte del camino a la gloria. Muestra de ello es cómo la media docena de bancarrotas que acumularon las compañías de Donald Trump no lastraron su carrera hacia la Casa Blanca. Pero no solo es una cuestión cultural. El proceso de quiebra o reestructuración estadounidense, lejos de ser la antesala de una inevitable defunción, ha demostrado ser un instrumento útil para reflotar empresas que zozobran. Algunas de las grandes, como General Motors, Chrysler, American Airlines o Texaco, han transitado este camino con éxito. 

En España, sin embargo, son muy pocas las compañías que sobreviven a un concurso de acreedores. La estadística revela que nueve de cada diez de las que se acogen al procedimiento acaban en liquidación. En 2018, según los datos oficiales, de las 4.131 empresas que suspendieron pagos, solo 303 alcanzaron un convenio con sus acreedores. En los años anteriores, la proporción es similar. Eduardo Molina, presidente del Registro de Auditores Judiciales (RAJ) del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, apunta la razón: 
La mayoría de las sociedades que llegan a concurso están ya prácticamente muertas”. Es decir, el empresario retrasa tanto la apertura del proceso que, cuando se inicia, ya es demasiado tarde. 

¿Por qué cuesta tanto admitir una situación problemática? Según explica Guillermo Prada, de Prada Gayoso, firma especializada en reestructuraciones, existe una resistencia de tipo psicológico alimentada por el miedo al estigma y la dificultad para asumir los propios errores. Pero, además, observa falta de profesionalización en el área financiera de algunas empresas, especialmente en las más pequeñas. “Muchas de ellas tienen una gestión basada en el flujo de caja. Si tienen dinero en el banco, piensan que todo va bien, pero es un indicador muy sesgado porque quizás los fondos provienen de un préstamo”. El 70% de las empresas concursadas en nuestro país el año pasado tenía menos de 10 trabajadores. 

Herramientas.

Precisamente, para ayudar a las compañías a detectar o asumir que las cosas no van bien, la directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva, aprobada en junio, requiere que los Estados regulen “una o más herramientas de alerta temprana claras y transparentes” que permitan al deudor “detectar circunstancias que puedan provocar una insolvencia inminente y que puedan advertirle de la necesidad de actuar sin demora”. El texto, que tendrá que ser traspuesto antes de dos años, intenta adelantar el momento de la intervención porque, cuanto antes se adopten medidas, más opciones hay de salvar a la empresa viable. Si, por el contrario, esta ha quedado definitivamente deteriorada, el proceso de liquidación será más ordenado y eficiente, permitiendo el cobro de un mayor número de acreedores y facilitando la completa liberación del deudor. 

Como posibles  herramientas de alerta, la directiva sugiere tres: mecanismos para el caso de que no se efectúen determinados pagos; servicios de asesoramiento públicos o privados, o incentivos para que terceros 
que dispongan de información sobre el deudor le adviertan de una situación negativa. Una función que la norma recomienda asignar, entre otros, a la Administración Tributaria y a la Seguridad Social. 

Son organismos con una información  privilegiada  que  pueden hacer un seguimiento muy concreto y detectar con mucha inmediatez el impago de determinados impuestos o cotizaciones”, señala Ángel Alonso, socio de concursal de Uría Menéndez, que considera que el sistema de alerta temprana será especialmente útil para las pymes que carecen de los medios o el conocimiento para anticiparse a una situación de dificultad. “La comunicación, en todo caso, será confidencial y estará dirigida, exclusivamente, a la dirección de la sociedad”, precisa Guillermo Prada. 

El  sistema de  alerta  temprana que la directiva quiere que los Estados introduzcan en sus ordenamientos no es nuevo. A nivel comunitario,  existe un proyecto  piloto basado en la misma idea, el Early Warning Europe (que incluye, además, asesoramiento y mentoring a pymes y autónomos), pero que ha tenido escaso éxito y difusión. De hecho, pocos saben que España está entre los países en los que se ha probado su implantación. También se han puesto en práctica instrumentos similares a nivel nacional, como en Alemania o Dinamarca. En este último país, son las Cámaras de Comercio las que advierten a las compañías si detectan que están entrando en una zona de riesgo y les asesoran sobre las posibles vías de solución. 

A la espera de ver su concreción legislativa, Prada y Alonso coinciden en que todo lo que ayude a adelantar el tratamiento de las empresas enfermas será positivo. Una opinión que comparte Eduardo Molina quien, sin embargo, cree que las buenas intenciones del sistema de alerta pueden quedar en nada si la reforma de la ley concursal (planteada la pasada legislatura, pero que decayó al disolverse las Cortes) no solventa muchos otros de los problemas que surgen a lo largo del procedimiento y que merman la confianza en él de los empresarios. 
De hecho, pide endurecer el régimen de los avisos para que “quede constancia de la comunicación” y así, si la organización no actúa a pesar de haber sido avisada, tenga más responsabilidad sobre lo que suceda en el futuro. 

CLAVES
Acuerdos de refinanciación. Uno de los objetivos de la  nueva directiva europea es dar instrumentos a las empresas para que puedan abordar la reestructuración de su pasivo antes de llegar al concurso de acreedores. Una senda que, según indica Ángel Alonso (Uría Menéndez), en España ya se ha comenzado a transitar gracias a la regulación de los acuerdos de refinanciación del pasivo financiero, contenida en la disposición adicional cuarta de la ley concursal. 
Un sistema muy positivo que, ahora, quiere extenderse a otros tipos de deuda como, por ejemplo, la de los proveedores”, explica. Son varias las compañías que en nuestro país se han acogido con éxito a este mecanismo, como Sacyr, Abengoa, FCC, Eroski o Metrovacesa.

(Fuente EL PAÍS - Wolters Kluger)

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