La UE permitirá aplicar un IVA reducido a los libros electrónicos y prensa online02/10/2018

La UE permitirá aplicar un IVA reducido a los libros electrónicos y prensa online

  • En la actualidad, España grava con un 4% las publicaciones en papel y con un 21% las digitales

Los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (Ecofin) han aprobado este martes una normativa que permitirá a los países que deseen aplicar un IVA reducido, o incluso nulo, a los libros electrónicos y las publicaciones digitales.

Los socios del bloque comunitario han sido capaces de sacar adelante la nueva legislación tras haber fracasado en tres ocasiones en el pasado por el veto que mantenía República Checa sobre la medida, que necesitaba el visto bueno de todas las capitales.

En la actualidad, los países están obligados a gravar los libros electrónicos con el tipo estándar del IVA, que está fijado en al menos un 15%. De hecho, el Tribunal de Justicia de la UE (TUE) tumbó leyes en Francia y Luxemburgo que aplicaban a estas publicaciones el tipo reducido.

Sin embargo, las nuevas normas darán la opción de equiparar el impuesto al consumo que aplican a las publicaciones tanto en su versión física como en su versión digital. España grava con un 4% las publicaciones en papel y con un 21% las digitales.

"Esta propuesta es parte de nuestros esfuerzos para modernizar el IVA para la economía digital, y permite que sigamos el ritmo del proceso tecnológico", ha destacado el ministro de Finanzas de Austria, Hartwig Löger, que este semestre ostenta la presidencia de turno del Ecofin.

El comisario de Asuntos Económicos y Monetarios, Pierre Moscovici, ha celebrado la adopción de la normativa, que ha calificado como un "verdadero avance", y ha defendido que "un libro es un libro independientemente del soporte".

(Fuente Expansión)

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La realidad virtual se asienta en los tribunales españoles02/10/2018

La realidad virtual se asienta en los tribunales españoles

Optimizar las herramientas de investigación La realidad virtual y la LECrim

El abogado Ricardo Pérez Lama, representante de la acusación popular en el juicio del caso Asunta Basterra Porto, consideró como un 'factor determinante' la incorporación de realidad virtual en la investigación de este asunto. Durante el juicio, el jurado popular asistió a una simulación virtual del recorrido que realizaron los padres adoptivos de la niña fallecida. De esta forma, y según explica Pérez Lama, el jurado tuvo una 'efectiva interacción' con lo ocurrido.

A su criterio, 'la realidad virtual es un instrumento al servicio de la Justicia para esclarecer la verdad'. Y, por este motivo, ha solicitado nuevamente la utilización de técnicas de realidad virtual en la fase de investigación por el presunto asesinato de Diana Quer, causa en la que defiende los intereses de los padres de la fallecida. 'Necesitamos tener las referencias temporales y mostrar el recorrido de lo que hizo el acusado. La realidad virtual permite una inmersión parcial en los hechos', concluye el letrado.

Pérez Lama insiste, en sus declaraciones a EXPANSIÓN, en que esta prueba tecnológica es únicamente posible gracias a la Unidad Central Operativa (UCO), órgano central del servicio de Policía Judicial de la Guardia Civil de España.

Medios tecnológicos como la identificación biométrica, la reconstrucción virtual de accidentes, los sistemas de posicionamiento de GPS y, entre otros, el empleo de animación que imita a una niña virtual como cebo son, para el magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona, José María Torras, ejemplos de aplicación de realidad virtual que pueden ofrecer 'ventajas para facilitar la visualización de los medios de prueba y contribuir a una mejor comprensión en la aportación de pruebas en los juicios con jurado'. Sin embargo, prosigue el jurista, 'los inconvenientes están en el coste económico y en que se sobredimensione ese medio de prueba en espera de resultados que aporten una respuesta favorable'.

Este resultado serviría para afrontar nuevas formas de delincuencia y para optimizar las herramientas de investigación, que es el objetivo de la inclusión de medidas de investigación tecnológica introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Si repasamos el capítulo IV, se reflejan aquellas disposiciones comunes a la captación y grabación de comunicaciones orales y a la utilización de dispositivos electrónicos y uso de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de imagen.

En el artículo 588 se detalla que la intervención judicial podrá autorizar al acceso del contenido de las comunicaciones y los datos electrónicos de tráfico asociados al proceso de comunicación en los que participa el sujeto investigado y también se podrán intervenir los terminales o medios de comunicación de la víctima cuando exista previsible riesgo grave para su vida y su integridad.

Entonces, ¿debe plantearse el reconocimiento de la realidad virtual en el proceso penal? Manuel Jaén Vallejo, magistrado y profesor titular de universidad, considera que en nuestro sistema judicial basado en el principio de libre valoración de la prueba 'no existe obstáculo' para incluir la realidad virtual en el proceso penal, siempre según las reglas de un criterio racional.

A su juicio, sería 'conveniente' su reconocimiento en la ley procesal penal, ya que 'no hay duda de que se puede utilizar para llegar a tener un mejor conocimiento de los hechos investigados', tanto en los crímenes por violencia machista como en delitos de homicidio y asesinato, siniestralidad laboral o en el ámbito de circulación.

Jaén Vallejo califica la reconstrucción virtual de los hechos como 'una prueba más, entre pericial y documental, con la que se pretende ofrecer la mejor ilustración posible de cómo pudieron suceder los hechos, acercando la verdad procesal a la verdad real'.

Como conclusión, el magistrado indica que, al margen del excesivo coste de este medio probatorio y siempre que venga avalada por un informe técnico riguroso, la 'realidad virtual debería reconocerse en la futura ley de enjuiciamiento criminal'.

No hay que olvidar que la realidad virtual es una tendencia del entretenimiento tecnológico de los últimos años. De hecho, la inversión económica requerida provocó que la versión comercial para el público no llegara hasta 2016. Sin embargo, en la edición de este año del Mobile World Congress en Barcelona ya se hablaba de la extensión de la realidad virtual a los ámbitos sanitario, educativo y empresarial como un importante avance.

En cuanto al ámbito legal, esta aplicación de realidad virtual puede convertirse en un hito innovador que requiere de resultados sin riesgos y del trasvase de la fase pionera a una más avanzada, tanto en el proceso de investigación como en el de reinserción del acusado.

(Fuente Expansión)

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Solo el 20% de las empresas cumplen correctamente con el GDPR.01/10/2018

Solo el 20% de las empresas cumplen correctamente con el GDPR.

Las fuertes sanciones previstas en el GDPR no han servido para que las compañías se preparasen para poder cumplirla correctamente. De hecho, casi dos meses después de su entrada en vigor, nos encontramos que menos de la mitad de las empresas están preparadas.

Según los datos que se pueden extraer de una encuesta llevada a cabo por Dimensional Research, solo el 20% de las empresas cumplen actualmente con el GDPR, mientras que el 53% todavía se encuentra en proceso de implementación y el 27% todavía no han iniciado los procesos necesarios para implementarlo.

Excluyendo a Reino Unido, que en estos momentos se encuentra inmerso en el proceso de su salida de la Unión Europea, actualmente el 27% de las empresas ubicadas en el ente comunitario dicen cumplir con el nuevo Reglamento, cuya aplicación es directa sin necesidad de que los países adecuen sus legislaciones a él. Al ser el GDPR un reglamento que pretende ser aplicados a nivel mundial, las organizaciones de países terceros también se están viendo forzadas a hacer cambios para no violarla, así que nos encontramos con el 21% de las empresas del Reino Unido y el 12% de las ubicadas en Estados Unidos que la cumplen. Para finales de 2018 se espera un nivel de cumplimiento del 74%, un porcentaje que se espera llegue al 93% para finales del 2019.

La entrada en vigor del GDPR ha supuesto un impulso para acelerar su cumplimiento por parte de las empresas, ya que en agosto de 2017 solo el 38% de las ubicadas en Estados Unidos y el 37% del Reino Unido habían iniciados los procesos requeridos. En estos momentos esos porcentajes están en el 66% y el 73% respectivamente.

Sin embargo, esto no quiere decir que el camino sea de color de rosas, ya que los costes para cumplir el GDPR están siendo bastante elevados. Nos encontramos con que el 27% de las empresas han gastado más de medios millón de dólares estadounidenses para alcanzar el objetivo mencionado, un 31% planea gastar más de medio millón de dólares entre junio y diciembre de 2018 y el 18% en Estados Unidos han gastado más de un millón de dólares frente al 8% de Reino Unido y la futura Unión Europea de los 27 (si no se adhieren más países en los próximos años).

Las dificultades que representa cumplir con el GDPR contrastan con lo bien recibido que está siendo, ya que desde el 65% de las empresas han respondido que el nuevo reglamento ha tenido un impacto positivo en su negocio, frente al 15% que dice que su aplicación ha terminado siendo negativa. La preocupación de quedar bien ante los clientes fue la principal prioridad, acaparando el 57%, frente al 39% de empresas que temían más a las multas y sanciones.

El GDPR está orientado sobre todo a proteger algo muy específico, la privacidad. Por eso el 87% de las compañías respondieron que este aspecto resulta más importante desde la entrada en vigor del Reglamento, mientras que un 80% prevé incrementar el gasto en tecnología y herramientas para cumplirlo.

(Fuente: MuySeguridad / Boletin AUDIDAT)

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Los autónomos deben realizar sus trámites por vía electrónica01/10/2018

Los autónomos deben realizar sus trámites por vía electrónica

Los trabajadores por cuenta propia pueden delegar en un autorizado en el sistema RED o hacerlo personalmente en la sede electrónica

Desde hoy, 1 de octubre, los trabajadores autónomos tienen la obligación de realizar por vía telemática todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas

Esto incluye la recepción, por  comparecencia en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Así lo determina la Orden ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018, que otorgó un plazo de seis meses (entre el 1 de abril y el 1 de octubre) para que los trabajadores por cuenta propia se fuesen adaptando.

Esta medida afecta además de a los trabajadores autónomos, a los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA), y a los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Hasta este momento, el 85% de las gestiones realizadas por autónomos ya se realizaban por medios electrónicos.

La Tesorería General de la Seguridad Social ha puesto a su disposición dos canales a través de los cuales se puede hacer efectiva esta nueva obligación: el Sistema RED (Sistema de Remisión Electrónica de Datos), a través de un autorizado que actuará en representación del autónomo, y la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde el trabajador puede acceder a un amplio catálogo de servicios para la realización de sus trámites.

Para utilizar la Sede Electrónica, debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad, como un certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, (las oficinas de la Seguridad Social facilitan la obtención del certificado personal de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, previa solicitud en la página de la entidad), el DNI electrónico y el Sistema Cl@ve.

Todos los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos son accesibles con este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas. Permite además la presentación de solicitudes a través del registro electrónico. 

En A.L.T. ASESORES somos abogados expertos en juicios laborales, Inspecciones de Trabajo, conciliaciones, elaboración de nóminas y seguros sociales, así como en materia de prevención de riesgos laborales. Si tiene algún problema en la materia no dude en consultarnos.

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LOS ESPAÑOLES SE VEN OBLIGADOS A RENUNCIAR A 118 HERENCIAS CADA DÍA01/10/2018

LOS ESPAÑOLES SE VEN OBLIGADOS A RENUNCIAR A 118 HERENCIAS CADA DÍA

Las renuncias a herencias siguen aumentando por culpa del Impuesto de Sucesiones que imposibilita a miles de españoles poder enfrentar las obligaciones requeridas por este impuesto. Los datos del Consejo General del Notariado indican que las renuncias a herencias han batido récord en 2017, contabilizándose 42.987 rechazos a herencias durante el pasado año. Esta cifra supone una de cada diez tramitaciones, de modo que cada vez son más los españoles que no pueden aceptar la herencia que les dejan sus familiares o amigos más cercanos por el coste económico que conlleva. Los datos exponen un crecimiento en los rechazos a herencias de un 300% en 2017 respecto a los que se produjeron en 2007. Este año pasado han sido 118 renuncias diarias a herencias, sumando un total de 42.967.

Las comunidades autónomas con más renuncias a herencias son Andalucía y Cataluña. En la que gobierna Susana Díaz se renunció a 8.341 herencias y en Cataluña se renunció a 8.184. En 2007 en Andalucía solo se renunció a1.417 y en Cataluña a 2.487 herencias.

En Asturias, La Rioja, Baleares, Cantabria y Murcia los notarios constataron que se rechazó más del 15% de las tramitaciones.

En Navarra, Extremadura, Asturias, Madrid, Canarias, Galicia y Cantabria ingresan hoy menos que en 2012 en concepto del Impuesto de Sucesiones. Mientras que el resto de regiones han aumentado la recaudación derivada de un impuesto confiscatorio que grava de nuevo bienes o dinero que ya han cumplido con todas sus obligaciones.

En los últimos 5 años los ingresos de Hacienda por esta vía superan los 14.000 millones.

(Fuente Miguel Ruiz)

En A.L.T. ASESORES somos, desde 1.993, además del Servicio Jurídico de la Cámara de la Propiedad Urbana de la provincia de Salamanca, abogados expertos en pleitos civiles, hipotecarios, arrendamientos, sucesiones, procesos concursales, comunidades de vecinos, en materia de preferentes, cláusulas suelo y negociación de condiciones bancarias, no dude en ponerse en contacto con nosotros para consultarnos la solución a su problema.

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